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Residencia fiscal en Panamá: la regla de los 183 días

Confianza mediaRevisado en septiembre de 2026

La respuesta corta

183días en año natural
Ventana
Año natural
Cómo cuenta
Cualquier presencia en el día
Sentido
Al llegar al umbral, eres residente

Cómo se cuentan los días

Más de 183 días, seguidos o alternos, en un año fiscal o en el inmediatamente anterior; el año fiscal de las personas físicas es el natural. La ley no dice si el día de llegada y el de salida cuentan, así que contamos cualquier presencia. También eres residente si tienes allí vivienda permanente.

Panamá grava solo la renta de fuente panameña, así que ser residente no significa tributar por lo de fuera: el conteo no decide por sí solo.

La fuente